La presidenta electa, Laura Fernández, presentó el viernes su renuncia formal Partido Pueblo Soberano (PPSO) con la justificación de cumplir el mandato legal que prohíbe a la persona que ejerce la Presidencia ser militante en agrupación política alguna, a pesar de que esa misma prohibición rige para el puesto de Ministra de la Presidencia que ella asumió el 4 de febrero.
En una carta dirigida a la presidenta del PPSO y diputada electa, Mayuli Ortega, Fernández dijo que tomó la decisión “en cumplimiento de lo dispuesto por el ordenamiento jurídico costarricense, que exige que quien ejerce la Presidencia de la República no ostente militancia activa en partido político alguno”, tal como dispone el artículo 146 del Código Electoral. “Gobernaré para todos los costarricenses sin distinción”, redondeó la presidenta electa, obviando que esa misma incompatibilidad de ejercer la Presidenta y militar en un partido también se aplica para los ministros de Estado, tal como ella es desde que el 4 de febrero el presidente Rodrigo Chaves la designó como su ministra de Presidencia.
El artículo 146 del Código dice que “Quienes ejerzan la Presidencia o las Vicepresidencias de la República, los ministros(as) y viceministros(as), y los miembros activos (…) no podrán participar en las actividades de los partidos políticos, asistir a clubes ni reuniones de carácter político, utilizar la autoridad o influencia de sus cargos en beneficio de los partidos políticos, colocar divisas en sus viviendas o vehículos, ni hacer ostentación partidista de cualquier otro género”, de manera que su único ejercicio de tipo electoral es votar.
Es decir, en cinco semanas Fernández tuvo la doble condición de ministra de Estado e integrante del PPSO, una posición que sin embargo no acarrea problema legal alguno, pues el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) asume como renuncia tácita a una agrupación el mero acto de aceptar uno de los cargos que prohíben seguir participando de ella, explicó el letrado Juan Luis Rivera.
El vocero del TSE explicó incluido que la carta publicada por Fernández ni siquiera era necesaria a la luz de la jurisprudencia, pues “es válido concluir que la membresía partidaria se suspende de pleno derecho entretanto la persona ocupa un cargo público que le impide toda forma de participación política”, como se dice en la resolución 5410-E8-2014.
Fernández recibirá este martes las credenciales oficiales del TSE que la acreditan como presidenta electa, después del escrutinio de votos y la emisión de resultados oficiales con la confirmación del triunfo en los comicios del 1° de febrero.
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